Si eres autónomo y no presentas la declaración de la renta, atento a la sanción que impone Hacienda

Si eres autónomo y no presentas la declaración de la renta, atento a la sanción que impone Hacienda
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La novedad este año pasa por la obligatoriedad de presentar la declaración de la renta para todos los autónomos. Si se diera el caso de no presentarla tendrán que hacer frente a sanciones y recargos por parte de Hacienda.

El 3 de abril dio comienzo la campaña de la declaración de la renta 2023-2024, hasta ahora los autónomos que ganaban menos de 1.000 euros anuales estaban exentos de declarar el IRPF.

Este 2024 conlleva que el incumplimiento de este trámite acarree sanciones que oscilan entre los 100 euros y el 150% del importe adeudado según el caso. Vamos a repasar qué implica no cumplir con Hacienda si eres autónomo.

Sanciones para los autónomos que no presenten la declaración de la renta

Hacienda puede sancionar a los trabajadores por cuenta propia por diversos motivos. Entre ellos está el hecho de no presentar la declaración de la renta, sobre todo este 2024 donde es obligatorio, sea cual sea su nivel de ingresos.

Aunque Hacienda contempla la interposición de multas si se presenta de forma voluntaria pero fuera de plazo, las sanciones por no cumplir a tiempo con las obligaciones fiscales son todavía peores si desde la Agencia Tributaria detectan que ese incumplimiento.

En cuanto a las sanciones, si los autónomos con una declaración a devolver no la presentan antes de un requerimiento por parte de Hacienda, la sanción puede consistir en una multa de 100 euros, a reducir en un 40% siempre que el ingreso de los 60 euros restantes se haga en un periodo voluntario.

En el caso de que la declaración no presentada tuviera un resultado a ingresar, se abona un 1% de recargo más un punto adicional por cada mes de retraso con respecto al fin del plazo voluntario.

Sanciones si Hacienda detecta la ausencia de la declaración de la renta de un autónomo

Debemos tener en cuenta que, si es la propia Hacienda quien detecta la falta de la declaración, en un con resultado a devolver, la multa tras el requerimiento es de 200 euros en vez de 100.

Si la declaración saliera a ingresar, no la presentamos y se inicia una comprobación por parte de la Agencia Tributaria, se podrá aplicar una sanción del 50%. Si Hacienda contempla que ha habido una voluntad de ocultación, ese porcentaje puede subir hasta el 100%. Y ojo al dato, si detectara que ha habido uso de medios fraudulentos para ocultar este hecho, puede llegar al 150%.

El peor escenario es dejar correr el tiempo con la esperanza de que Hacienda no detecte que no se ha presentado la declaración, la razón es que, aunque pasen cuatro años, si llega un requerimiento por parte de la Agencia Tributaria, empezamos de cero y la sanción tiene cabida.

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