Cometer errores graves al presentar la declaración de la renta tiene un precio: Hacienda no te devolverá pronto tu dinero


Cometer errores graves al presentar la declaración de la renta tiene un precio: Hacienda no te devolverá pronto tu dinero
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Hace poco hablamos de El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024 y las novedades relacionadas con la presentación de la declaración de la renta. El cambio que más nos afectaba era el envío por carta por parte de Hacienda como un aviso si existen errores en la información que les hayamos facilitado.

Es normal cometer algún error, son muchos los datos que nos piden y errar es humano. Sin embargo, dentro de los errores también hay categorías: faltas leves, graves o muy graves.

Y es fundamental revisar con atención la declaración de la renta antes de confirmarla porque, para Hacienda un fallo es sinónimo de sanción tanto por error como por omisión. Los errores menores no deben preocuparnos, pero sí los más graves porque afectarán si te ha salido a devolver.

Un error grave es aplicar mal las deducciones porque puede resultarte favorable en tu declaración de la renta, pero has de tener mucho cuidado de no cometer un error porque este fallo conlleva una sanción importante.

Las sanciones más frecuentes en este sentido son:

  • Si la Agencia Tributaria considera la infracción grave: sanción del 15% de la cantidad recibida.
  • Si omites datos importes o incluyes información falsa: sanción de 300 euros.
  • Si utilizas justificantes, facturas o documentación falsa para que la declaración de la renta te salga favorable en casos superiores a 3.000 euros: sanción entre el 50% y el 100% del importe.
  • Si usas métodos fraudulentos: sanción de hasta 150% según el perjuicio causado a Hacienda.

Incumplir el plazo al presentar la declaración de la renta, un error grave

Presentar la declaración de la renta fuera del plazo establecido, este año el último día es el 1 de julio, puede significar que nos obliguen a pagar un recargo.

Este recargo será del 5% si realizas la gestión antes de que lo requiera la Administración; del 10% si han transcurrido tres meses desde el final de la campaña de la renta, 15% desde los seis a los doce meses siguientes y un 20% junto a los intereses de demora si se realiza más de doce meses después del fin.

En el caso de que el resultado de nuestra declaración de la renta fuese a devolver, la sanción de Hacienda por la tardanza es de 100 euros.

Si la Agencia Tributaria notifica al usuario la demora y la declaración sale a pagar, tendrá que hacer frente a una multa que puede ir desde el 50% hasta el 150% de la cantidad correspondiente más intereses. En caso de obtener un resultado negativo, se ha acordado un único recargo de 200 euros.

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