¿De quién es la responsabilidad de custodiar los datos personales en la nube?

¿De quién es la responsabilidad de custodiar los datos personales en la nube?
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Cuando necesitamos hoy en día cualquier aplicación o recurso ya es bastante habitual que la empresa mire hacia la nube para contratar un servicio que se adapte a sus necesidades. Prácticamente tenemos de todo, nos llevamos los datos a la nube, siempre disponibles, contratamos según nuestras necesidades y nos despreocupamos de mantenimientos, copias de seguridad, etc. Pero que pasa con la LOPD, ¿de quién es la responsabilidad de custodiar los datos personales en la nube?

La respuesta es sencilla: nuestra. Somos nosotros los que estamos realizando un tratamiento de dichos datos, independientemente de dónde se encuentren alojados, ya sea en nuestro disco duro, en el servidor ubicado en nuestras instalaciones o en las de terceros, como ocurre con la nube.

Independientemente de que sean datos personales o no, lo cierto es que cuando llevamos datos a la nube firmamos unos acuerdos de servicio, que nos garantizan que tendremos disponible la aplicación o el acceso en un porcentaje X. Cuanto más cerca del 100% mejor y a la vez más caro será el servicio.

Pero en caso de pérdida o fuga de datos, seremos nosotros los que tenemos que responder ante nuestro cliente, proveedor, empleado, etc. cuyos datos estamos tratando. Esto por lo que respecta a los datos personales, pero también en lo que respecta a la continuidad del negocio debemos cubrir nuestras espaldas.

Lo mismo que utilizamos la nube para tener copias de seguridad fuera de nuestra empresa, debemos tener una copia en local como backup de la nube. Se trata de una copia que nos garantice que si mañana el servicio cierra, con lo que tenemos podemos migrar a otro similar en un tiempo lo más reducido posible.

En Tecnología Pyme | La empresa ya sabe lo que puede esperar de la nube Imagen | bugeaters

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