Aprobadas las medidas para familias hipotecadas (I)

Aprobadas las medidas para familias hipotecadas (I)
Sin comentarios

El Consejo de Ministros aprobó ayer 28 de noviembre de 2008 el Real Decreto de medidas para las familias hipotecadas con dificultades y para favorecer la creación de empleo. Entre otras medidas que trato en el siguiente post, la norma prevé:

  • Una moratoria temporal parcial en el pago de las cuotas hipotecarias.
  • Reducción de las retenciones de los que están pagando una hipoteca. Hipoteca: En primer lugar, se facilitará una moratoria temporal parcial en el pago de las hipotecas. Podrán solicitar esta moratoria los titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual suscrita antes del 1 de septiembre de 2008, siempre que el importe inicial de esa hipoteca fuera inferior a los 170.000 euros, no se encuentre en situación de mora y se cumpla alguna de estas condiciones:

  • Estar desempleado o pasar a estarlo antes del 1 de enero de 2010 y cobrar prestación por desempleo contributiva o no contributiva.

  • Ser trabajador autónomo que haya cesado su negocio o acredite ingresos anuales inferiores a tres veces del IPREM (algo más de 18.900 euros).
  • Ser pensionista de viudedad.

El primer punto flaco de la medida es que su aplicación requerirá el acuerdo entre el interesado y la entidad de crédito. Imagino que con la finalidad de mitigar el efecto perverso que este requisito puede provocar entre las partes, se decreta que el Ministerio de Economía instruirá al Instituto de Crédito Oficial para que concierte los correspondientes convenios con las entidades de crédito en los que se determinarán las condiciones financieras y las garantías de dichas operaciones.

Rebaja de retenciones: La segunda medida del Real Decreto supone la reducción de las retenciones y los pagos fraccionados en el IRPF para los trabajadores que se aplican la deducción por adquisición de vivienda con financiación ajena.

Todos los trabajadores por cuenta ajena, que tengan ingresos por trabajo inferiores a 33.000 euros anuales y que se aplican la deducción por adquisición de vivienda habitual con financiación ajena en el IRPF, podrán solicitar una reducción de dos puntos en las retenciones aplicadas en sus nóminas. En el caso de los autónomos, con ingresos anuales inferiores a los 33.000 euros, se podrán reducir el 2 por 100 de sus rendimientos en los pagos fraccionados. Los contribuyentes que ya están pagando una hipoteca por su vivienda habitual y deseen que se les aplique la rebaja de retenciones podrán comunicarlo a su empresa antes del 31 de diciembre de 2008. Esta rebaja también será aplicable a hipotecas firmadas a partir de 2009, debiendo comunicarse a la empresa esa circunstancia. La Agencia Tributaria pondrá a disposición de las empresas el modelo de comunicación que deberá utilizarse y el programa de ayuda para el cálculo de retenciones.

Estamos de acuerdo que guerra y paz son conceptos antagónicos, aunque seguramente no estaremos de acuerdo en la elección de uno u otro como deseable: La gran mayoría elegiríais la paz, yo elijo la guerra. ¿Qué falla? ¿Soy raro? no falla nada y aquí nadie es raro, lo que sucede es que no os he informado del contexto de la elección. Estamos de acuerdo que ante las dificultades existen dos opciones, luchar o aplacarse. Por lo que veo, el legislador no entiende cuál debe ser la preferente. La norma prioriza el sosiego y la tranquilidad del perceptor de la ayuda frente al esfuerzo excepcional que se requiere como necesario para obtener una solución mejor. En estos momentos la legislación debería forzar la lucha y la proactividad del ciudadano, no favorecer la quietud por ser más lucrativa. Una vez conocido el contexto, tal vez más personas estéis de acuerdo en que dependiendo de éste, lucha y paz pueden ser éticamente aptos. ¿A dónde llegaremos si nos invitan a comportarnos como caracoles? En Pymes y Autónomos | Reducciones en la cuota hipotecaria para autónomos y empleados

Imagen | Galería de Aguarate

Temas
Comentarios cerrados
Inicio