Redes sociales en ámbito laboral, ¿puede tu empresa controlar lo que publicas?
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Redes sociales en ámbito laboral, ¿puede tu empresa controlar lo que publicas?

HOY SE HABLA DE

Hoy en día el uso de las redes sociales está ampliamente aceptado y extendido. Para las empresas es un área al que hay que prestar especial atención, sobre todo si no queremos tener una crisis de reputación inesperada. Por eso en muchos casos se pretende controlar lo que publican los empleados en sus redes sociales personales, ya que en muchos casos se puede relacionar con la empresa.

No es el primer caso de alguien que ha sido despedido después de realizar algún comentario desafortunado en las redes. Por ello muchas empresas buscan establecer códigos de conducta, que en cierta medida no deja se una censura previa para que el usuario tenga cuidado con lo que publica, siempre que pueda salpicar a la organización en la que trabaja.

Las redes sociales nos pasan factura a la hora de encontrar trabajo

¿Pero qué ocurre cuando lo que estamos haciendo es optar a una vacante en un puesto de trabajo? ¿Tenemos que empezar a borrar comentario y publicaciones que hicimos en el pasado por si a la empresa no le parecen bien? Habría que separar de forma mucho más lógica el perfil laboral y el personal. B

Borrar tweets es la nueva destructura de papel de la reputación al buscar trabajo

Hay que saber distinguir el uso de cada red. Si Facebook lo utilizamos para un uso personal y Linkedin laboral no deberíamos cruzar mensajes entre ambas. O tener perfiles separados en Twitter, uno para uso personal y otro laboral. Y sobre todo tener un poco de sensatez a la hora de lanzar según que improperios.

Y sobre todo saber distinguir las opciones de privacidad. No tenemos por qué compartir todo en abierto. Si las redes sociales las utilizamos para comunicarnos con nuestros amigos es una cuestión diferente a si lo que pretendemos es lanzar un mensaje en una botella al mundo que luego se vuelva como un bumerán en nuestra contra.

Usar o no usar las redes sociales en el trabajo

En algunos convenios colectivos ya se tipifica como falta grave el uso de las redes sociales en el horario laboral. Y aquí entendemos que en nuestro tiempo de descanso, ya sea la hora de la comida o una pausa que hemos realizado a media mañana no existe problema para utilizar dichas redes sociales, ya sea Facebook, Twitter o WhatsApp.

En otros casos es justo lo contrario. La empresa quiere que utilicemos las redes sociales en su beneficio. Se trata de crear un perfil profesional donde nos mostremos como expertos en nuestra área de trabajo, que podamos ser referentes o influencers, lo que a medio y largo plazo puede ayudar a ganar clientes y mejorar la facturación.

Y aquí no se trata tanto de publicar cuestiones que tienen que ver con nuestro ocio, lo más habitual en las redes, sino con nuestro trabajo. Pero además, ¿qué ocurre con ese perfil cuando cambiamos de organización? ¿Es personal o laboral? ¿Quién tiene derecho a administrarlo? Al fin y al cabo si nos siguen 20.000 personas porque somos expertos en derecho tributario y mañana cambiamos de empresa, ¿nos llevamos a los seguidores?

Lo cierto es que en muchos casos la empresa todavía no tiene claro como debe tratar estos aspectos. Si se crean perfiles generalistas, no atraen a los seguidores. Si son demasiado personales, no cumplen con el objetivo buscado de captar clientes.

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