Se aclara el criterio para la contratación de empleados de autónomos que cobran en 100% de jubilación y siguen trabajando

Se aclara el criterio para la contratación de empleados de autónomos que cobran en 100% de jubilación y siguen trabajando
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Para que un autónomo cuando se jubile pueda seguir trabajando y a la vez cobrar el 100% de la pensión era necesario que contratar al menos a un trabajador. Ahora la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social aclara el criterio sobre cómo deben realizarse dichas contrataciones.

Y necesariamente la persona contratada debe estar enmarcada en la actividad que se desarrolla como autónomo. De esta forma se acaba con la posibilidad de seguir trabajando y cobrar el 100% de la pensión si por ejemplo se contrata a un empleado del hogar, por ejemplo. Se acaba de esta forma con un resquicio donde se estaban contratando a personas que nada tenían que ver con la actividad del autónomo ni muchas veces trabajaban en el negocio.

La aprobación de este criterio, que ha entrado en vigor, no supondrá una revisión de las compatibilidades ya reconocidas. A pesar de ser un criterio más restrictivo, si ya está concedido el derecho al 100% de la pensión, no se revisará.

En el caso de autónomos con familiares colaboradores contratados, éstos deberán tener ser trabajadores por cuenta ajena. En ningún caso un familiar colaborador podrá beneficiarse del 100% el familiar colaborador incluido en el RETA. Solo el empleador que cuenta con trabajadores puede hacerlo.

Hay que tener en cuenta que el autónomo que apuesta por la jubilación activa tiene que seguir cotizando por incapacidad temporal y contingencias profesionales, además de un 8% de la base como cotización especial de solidaridad que no computa a efectos de prestaciones.

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