Los cambios que contiene el anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales

Los cambios que contiene el anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales
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Ya os comentamos que el Gobierno estaba preparando cambios en lo que respecta al ámbito de actuación de los Colegios Profesionales. La necesidad de adaptarse a la normativa de la UE y de liberalizar determinados servicios profesionales obligaba al Ejecutivo a la aprobación de un nuevo marco normativo al respecto y parece que ya está listo el anteproyecto de Ley con estos cambios.

Uno de los aspectos más significativos es lo que concierne a la liberalización de los servicios profesionales. La nueva norma sólo haría obligatoria la colegiación en los sectores sanitarios, jurídicos y técnicos.

Dentro del colectivo sanitario, el Gobierno resuelve que se seguirá exigiendo la colegiación en el caso de los profesionales médicos, farmacéuticos, veterinarios, odontólogos, enfermeros, fisioterapeutas, óptico-optometristas y podólogos. En cuanto a las actividades técnicas la obligación de estar colegiado se aplicará a aquellas en las que exijan visado, las relacionadas con edificación, y en manejo de explosivos sobre todo.

Por último, dentro de las actividades jurídicas que obligarían a la colegiación, estarían incluidas los abogados que actúan en los tribunales, procuradores, graduados sociales, registradores y notarios. Además se procederá a la eliminación de la incompatibilidad entre abogados y procuradores, de esta forma cualquiera de los dos podrá actuar ante los tribunales sin necesidad de estar colegiado en ambos colegios.

Para el resto de profesiones ya no sería necesaria la colegiación para poder ejercer y, por tanto se liberalizarían todas esas actividades.

El anteproyecto de Ley contiene otras medidas como la obligación de los colegios a publicar sus cuotas y auditar sus cuentas; que para ejercer reservas de actividad será necesaria una titulación univesitaria o un grado de formación profesional superior o que el hecho de que un colegiado se retrase en el pago de sus cuotas no pueda ser sancionado con la inhabilitación.

Conoceremos el contenido del anteproyecto cuando sea aprobado por el Consejo de Ministros, si bien no entrará en vigor y las medidas no serán definitivas hasta que pase el trámite parlamentario.

Vía | Cinco Días En Pymes y Autónomos | Lo que nos traerá la nueva Ley de Colegios y Servicios Profesionales Imagen | Gonmi

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