La limitación de la ultractividad ya tiene la primera sentencia

La limitación de la ultractividad ya tiene la primera sentencia
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Ya habíamos avisado que la última palabra sobre el final de la ultractividad la iban a dar los jueces, pues ya tenemos la primera sentencia al respecto. La sala de lo social de la Audiencia Nacional pone coto a la caducidad de los convenios una vez pasado el plazo de un año de negociación para la firma del nuevo acuerdo.

Según el fallo, las condiciones laborales establecidas en los convenios anteriores a la reforma laboral mantendrán su vigencia, si las partes firmantes lo hubieran acordado, hasta la firma del nuevo acuerdo, independientemente de que la propia reforma indicara que el periodo de ultractividad se limitaría sólo a un año.

La sentencia determina que "la vigencia o no de las condiciones laborales debe dirimirse caso por caso y debe tener en cuenta lo que las partes expresaron en sus acuerdos anteriores". No pretende, por tanto, crear doctrina, pero sí que marca el camino sobre el criterio a seguir en caso de conflicto laboral derivado de la aplicación de la disposición que limitaba la ultractividad a un año y de las consecuencias derivadas de la caducidad de los convenios.

La aplicación de este precepto supone un problema jurídico, ya que habría que determinar en cada caso si los derechos laborales que emanarían de los convenios constituyen o no, según las circunstancias, derechos adquiridos para los trabajadores, que no podrían modificarse de forma unilateral por parte de la empresa sino a través de un nuevo acuerdo entre las partes.

El hecho de que patronal y sindicatos llegaran a un principio de acuerdo sobre la prórroga de las negociaciones colectivas sin aplicar el plazo de ultractividad de la reforma laboral no significa que las empresas no pueda o quieran acogerse a la medida para modificar las condiciones laborales de sus trabajadores. Ante ésto es lógico pensar que los trabajadores denuncien la situación para defender sus derechos, así que la pelota estaría entonces en el tejado de los jueces.

La sentencia marca el camino, pero seguramente habrá más. Será la única manera de que empresas y trabajadores puedan saber el terreno que pisan en este tema, ante la imposibilidad del legislador de ser más concreto en cuanto a la aplicación de la norma.

En Pymes y Autónomos | Se rebaja la ultractividad de dos a un año Imagen | Morgaine

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