El trabajo del menor desde el punto de vista legal y laboral

El trabajo del menor desde el punto de vista legal y laboral
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Enlazando con el post anterior donde tratamos las obligaciones fiscales del trabajo del menor, pasamos ahora a abordar las consideraciones legales que atañe a su relación laboral.

La regulación del trabajo del menor viene recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Los menores de 18 años no podrán realizar trabajos nocturnos ni aquellas actividades o puestos de trabajo que el Gobierno declare insalubres, penosas, nocivas o peligrosas, tanto para su salud como para su formación profesional y humana.

Las personas menores de 18 años que alcancen la edad mínima de 16 pueden prestarse a una relación laboral como trabajador asalariado con la autorización expresa del padre, madre o tutor legal. Éstos consentirán mediante firma en el contrato de trabajo. El régimen de autónomos establece el mismo tope de edad para iniciar un trabajo por cuenta propia.

Los menores no podrán realizar más de 8 horas de trabajo efectivo, incluyendo en su caso el tiempo dedicado a formación. El mismo caso sería si trabajasen para varios empleadores. El tiempo de descanso tendrá una duración mínima de 30 minutos y deberá establecerse siempre que la jornada diraria continuada exceda de 4 horas y media. También se prohibe el trabajo nocturno, entendiéndose como tal el realizado entre las 10 de la noche y la 6.00 de la mañana.

El empresario tiene la obligación de evaluar el puesto de trabajo a desempeñar por el menor a fin de prevenir la posible exposición a condiciones de trabajo que puedan poner en peligro su seguridad o su salud. Debe igualmente informar al tutor legal de los posibles riesgos que existan y las medidas adoptadas para garantizar su seguridad.

El Estatuto de los Trabajadores permite excepcionalmente la intervención de menores de 16 años en espectáculos públicos. En estos casos será necesaria autorización previa de la administración laboral de cada comunidad. El permiso deberá constar por escrito y para actos determinados. Se requerirá también el consentimiento del menor en aquellos casos que tenga juicio suficiente para darlo.

En Pymes y Autónomos | Contrato de trabajo a menores de edad: cuidado con su puesto Imagen | Oneras

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