La fiscalidad española de los juegos de azar en Internet

La fiscalidad española de los juegos de azar en Internet
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En España la regulación de los juegos de azar en Internet es, sólo hay referencias a este tipo de negocios en la Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI), que en su disposición adicional vigésima, dice que “el Gobierno presentará un Proyecto de Ley para regular las actividades de juego y apuestas, en particular las realizadas a través de sistemas interactivos basados en comunicaciones electrónicas”.

Nos referimos a los juegos de azar en Internet haciendo referencia tanto a las apuestas online, como a los casinos y juegos de poker online.

La norma, que antes indicamos, dispone que la regulación legal deberá realizarse conforme a una serie de principios básicos, que son, en concreto, los siguientes:

  • El sistema tendrá que establecer una regulación que esté en consonancia con la normativa y los principios generales del Derecho Comunitario y que tenga en cuenta el origen de las operaciones objeto de tributación.

  • También deberá prever un sistema de distribución respetuoso con los regímenes fiscales forales, repartiendo, de esta manera, de forma justa según la tributación obtenida como consecuencia de la explotación de servicios de juego y apuestas por medios electrónicos en España entre la Administración Estatal y las Comunidades Autónomas.

  • La actividad de juego y apuestas a través de sistemas interactivos basados en comunicaciones electrónicas, sólo podrá ejercerse por aquellos operadores autorizados para ello por la Administración Pública competente, mediante la concesión de una autorización que se otorgará en base al cumplimiento de las condiciones y requisitos que se establezcan. Esa autorización será indispensable para realizar cualquier actividad relacionada con los juegos y apuestas interactivos y se sancionará la realización de actividades de juego y apuestas a través de sistemas interactivos sin contar con la autorización pertinente.

  • Se establecerán las medidas necesarias para impedir la realización de publicidad por cualquier medio, así como la prohibición de utilizar cualquier medio de pago existente en España.

  • La competencia para la ordenación de las actividades de juegos y apuestas realizadas a través de sistemas interactivos será de la Administración General del Estado, cuando su ámbito sea el conjunto del territorio nacional o abarque más de una Comunidad Autónoma.

Corresponde pues al Gobierno la elaboración del texto que regule las actividades de los juegos de azar on-line y determinar las condiciones necesarias para la obtención del permiso de operador. Además la entrada en vigor de esta normativa debe implicar la prohibición de la publicidad de estas actividades, hasta ahora había un vacío legal al respecto por lo que los operadores de apuestas on-line no sufrían esa prohibición.

La noticia es que el Consejo de Ministros ha estudiado hoy un informe sobre el anteproyecto de ley para regular el sector del juego en España y que incluirá la creación de un nuevo impuesto que gravará el juego por Internet y un órgano regulador independiente de Loterías y Apuestas del Estado (LAE) que controle este tipo de actividades. Trataremos en un nuevo post lo que se ha conocido sobre ese anteproyecto.

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