¿En qué consisten las operaciones triangulares?

¿En qué consisten las operaciones triangulares?
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Las operaciones triangulares son aquellas que se realizan entre tres empresas, cada una de las cuales se encuentra ubicada en un país distinto, dentro de la Unión Europea. La empresa B vende a la empresa C, que es su cliente final, un producto que ha adquirido de su proveedor, la empresa A. Es decir, el fabricante vende al intermediario, que a su vez vende al consumidor final.

La operación tiene una característica que la define: el producto es transportado directamente desde el país del proveedor A al del cliente final C. Sin embargo, el intermediario B es el titular de la operación, que realiza dos operaciones a la vez: compra y vende. El proveedor tan solo vende y el consumidor final tan solo compra. Esto teniendo en cuenta que el comprador sea una empresario o profesional identificado a efectos del IVA y no una persona física.

Tomemos por ejemplo el caso de una empresa ubicada en España que vende a un cliente establecido en Alemania un bien adquirido en Francia. El bien es enviado directamente de Francia a Alemania, por lo que el único transporte de mercancías que se produce es entre esos dos países, situados en el territorio de aplicación del impuesto. En realidad se producen dos entregas sucesivas de bienes, pero tan solo una operación intracomunitaria sujeta, la realizada entre el proveedor y el destinatario final.

La legislación fija la tributación en el lugar donde efectivamente se produce el consumo, que es el lugar de destino. Por tanto, el único que realiza inversión de sujeto pasivo, autorrepercutiéndose el IVA, es el cliente final. El intermediario establecido en España recibirá una factura sin IVA por la compra del bien a la empresa francesa, lo cual no conlleva obligación alguna de índole fiscal. Se trata de una operación exenta. Sin embargo, sí tendrá que declarar la venta en el modelo 349, identificando el país de destino e indicando que se trata de una operación triangular.

El intermediario deberá estar de alta como operador intracomunitario e indicar en la factura emitida la naturaleza exenta de la operación o que el sujeto pasivo del impuesto es el destinatario. Desde el 1/1/2013, que entró en vigor el nuevo Reglamento de facturación aprobado por el RD 1619/2012, se ha suprimido la obligatoriedad de hacer referencia en las facturas a que se trata de una operación triangular.

En Pymes y Autónomos |Tratamiento del IVA en las ventas on-line Imagen | Nacho

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