Linea ICO Empresas y Emprendedores 2014

Linea ICO Empresas y Emprendedores 2014
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Tal y como comentábamos al hablar de la aprobación de las Lineas ICO 2014 vamos a dedicar una serie de posts a detallar cada una de ellas: En esta primera entrega de la serie vamos con la Linea ICO Empresa y Emprendedores 2014, la linea ICO de toda la vida.

Podréis ver alguna novedad, que profundiza en las iniciadas el año pasado. Por un lado la flexibilidad respecto a las finalidades, por otra la elevación de los tipos de interés, que choca con la caída de los costes de financiación del Estado español y de la banca en general. Ello se explica por la ampliación de los márgenes cedidos por el ICO a la banca, con la finalidad de reestimular la actividad comercial de la misma en estos productos. En la misma linea va la elevación de la comisión de cancelación (buscando proteger los rendimientos del agente colocados, de la banca).

Beneficiarios de la Linea ICO Empresas y Emprendedores 2014

Podemos encontrar dos grandes grupos de beneficiarios de dicha linea:

  1. Autónomos y las entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG ́s, Administración Pública), que realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez.
  2. Particulares (propietarios o inquilinos), comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios exclusivamente para la rehabilitación de sus viviendas.

A este respecto conviene tener en cuenta las siguientes precisiones:

  1. Las empresas extranjeras, bien por domicilio social o fiscal, bien por ser extranjera la mayor parte del capital social, también se pueden acoger a la Linea ICO si desarrollan actividad productiva en España y la inversión tiene lugar aquí.
  2. Aunque se habla de autónomos basta con estar dado de alta en el IAE (pensemos en los profesionales colegiados que pueden estar dados de alta en el régimen alternativo de mutualidades).
  3. ¿Quién no puede acogerse expresamente a esta linea? Las entidades de crédito y aquellos autónomos y empresas que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social (ojo que esta exclusión puede dar un susto a más de uno)

Finalidades que ampara la Linea ICO Empresas 2014

¿Qué podemos financiar con la Linea ICO Empresas 2014? Va en función de los destinatarios de la misma. Si no estamos hablando de particulares o comunidades de empresas, las finalidades son dos:

  1. Liquidez o el denominado circulante: nominas, gastos generales, compras, etc...
  2. Inversiones dentro del territorio nacional, bien en activos nuevos o usados, incluídas las compras de empresas, cono el límite de 30.000 euros para adquisición de turismos. Esta finalidad lleva a aparejada s, si los estamos, un 50% para liquidez. El plazo para realizarlas es, desde el 1 de enero de 2013 hasta 1 año desde la firma de la operación.

El límite global por cliente es de 10 millones de euros, en una o varias operaciones, y se cubre el 100% de la inversión, incluyendo el IVA nacional, soportado en España.

Por otro lado, cuando el destino es la rehabilitación de viviendas o edificios de viviendas, se cubre igualmente el 100% de la inversión, con el mismo límite de los 10 millones, y con independencia de que la vivienda a rehabilitar sea vivienda habitual o segunda residencia, incluyendo incluida la mano de obra y minutas de arquitectos, aparejadores o ingenieros siempre que sean emitidas por tercero independiente y se aporte justificante de pago.

Lo que no cubre en ningún caso es la construcción de vivienda nueva.

Así como para la finalidad de liquidez no van a pedirnos justificantes de la misma, en la de inversión sí: habrá que aportar unos presupuestos y justificantes iniciales, por ejemplo facturas proformas, y a posteriori nos solicitarán facturas definitivas y comprobantes de los medios de pago empleados.

Condiciones y garantías de la Linea ICO Empresas y Emprendedores 2014

Si es para inversión podremos optar entre préstamo y leasing. Lógicamente, si es para liquidez no tendremos la opción de leasing.

Los plazos varían en función de la finalidad:

  • Si hablamos de 100% liquidez tenemos hasta 3 años, con la posibilidad de uno de carencia.
  • Si financiamos inversión, el tope son 20 años con hasta dos de carencia.

Evidentemente, este plazo depende de la aprobación del banco, al igual que las garantís exigidas, que pueden ser de todo tipo (personales, avalistas, hipotecarias, prendarias, etc...), salvo que se logre el aval de una SGR o de SAECA, en cuyo caso no habrá necesidad de avales adicionales, disponiendo incluso de una linea especifica para tal fin.

La financiación puede ser a tipo fijo o variable (revisable semestralmente) , y va a variar en función del plazo al que contratemos la operación y si optamos por la opción de carencia o no. La tabla de tipos máximos, fijos o variables, a aplicar al cliente final, los podéis encontrar aquí. Esos son los tipos máximos a aplicar el cliente, siendo en los variables el resultante de aplicar los diferenciales convenidos con la banca, que se mueven entre un 2,30 y un 4,30.

Conviene tener en cuenta que los ICO tienen ya ahora la posibilidad de tener comisión de cancelación anticipada. Si es voluntaria, estamos hablando del 1,75%, si bien con matices que pueden elevar o reducir dicha penalización. Si es obligatoria, por una cancelación anticipada exigida por incumplimiento de la finalidad, llegamos al 2,5% de penalización.

Podeis formalizar estas operaciones en tanto en cuanto haya fondos y antes, entoldo caso, del 15 de diciembre de 2014. Para más información llamad al 900 121 121.

Más información | ICO En Pymes y Autónomos | Líneas ICO 2014

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