Cómo solicitar el 50% de exceso en las cotizaciones de autónomos

Cómo solicitar el 50% de exceso en las cotizaciones de autónomos
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Hace un par de días Oscar nos anunciaba la posibilidad de solicitar la devolución del 50% de las cotizaciones pagadas en autónomos para todos aquellos casos donde se ejerza la actividad de autónomo de manera simultánea a cualquier actividad laboral encuadrada en el régimen general.

Nos pregunta cuáles son los pasos que hay que seguir para solicitar esta devolución, y dado que no existe mucha información al respecto vamos a ver todos los trámites que tenemos que llevar a cabo.

En primer lugar, el procedimiento se inicia a instancia del afectado. Es decir, el propio autónomo tiene que solicitar esta devolución. Para realizar este trámite vamos a cumplimentar una solicitud de ingresos indebidos y la vamos a dirigir a nuestra delegación de la Tesorería general de la Seguridad Social. El modelo concreto a confeccionar es éste PDF autorellenable.

Colocaremos nuestros datos personales y en el apartado siguiente que pone causa de devolución expondremos lo siguiente:

Solicitud de exceso de cotización de cuotas ingresadas durante el ejercicio 2.008 en el RETA, en virtud de la aplicación del Art 14.10 de la Orden TIN/41/2009, de 20 de enero, al cumplir con los requisitos exigidos para dicha devolución

Como documentación adicional, debemos adjuntar los siguientes documentos:

  • Certificados de bases de cotización de Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos de todo el ejercicio 2.008, o bien copia del pago de todas las cantidades ingresadas de las cotizaciones por este concepto.
  • Certificado de bases de cotización del régimen general de todo el ejercicio 2.008. Si nos es posible, aportaremos también un estracto contable de las cantidades ingresadas por nuestra seguridad social tanto por parte de la empresa como por parte del trabajador.

La suma de ambas cotizaciones, debe ser superior a 10.440 euros y sólo nos devolverán el 50% de las cantidades que sobrepasen esta cifra sobre las cuotas de autónomos.

Por ejemplo, supongamos que yo he cotizado todo el año en autónomos con un pago mensual de 248 euros (2.976 euros anuales) y a su vez he estado cotizando en el régimen general todo el año con una base de 2.000 euros (se ha pagado aproximadamente unos 9.000 euros de seguridad social).

La suma de ambas cantidades hace un total de 11.976 euros, con lo que me correspondería una devolución de unos 768 euros. El plazo para solicitar estas devoluciones es hasta el 31 de marzo, con lo que no se debe perder tiempo en ello.

En Pymes y Autónomos | Urgente: devolución del 50% de las cuotas del autónomo

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