Además de todos los aspectos que ya se han comentado sobre los cambios que introduce la nueva reforma laboral, el Real Decreto-ley tambien contempla medidas para en control de absentismo laboral en las empresas.
La nueva normativa establece que se podrá aplicar como causa de despido procedente, con una idemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades en los casos de faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
Hay que tener en cuenta que no se computarán como faltas de asistencia, en la aplicación de esta normativa, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, la representación legal de los trabajadores, los accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud.
La primer lectura de la redacción de esta nueva norma es que otorga al empresario una evidente posición de dominio sobre el trabajador. Poder prescindir de él en caso de bajas injustificadas puede parecer lógico, pero no así en caso de una enfermedad real. Sin embargo mi punto de vista ya no es tanto este sino que lo que pretende el legislador trasladar la presión o el temor al trabajador de que no se cojan la baja médica para que la Seguridad Social se ahorre los coste de pagar esas bajas.
No me parece muy probable que un empresario que está contento con un trabajador vaya a utilizar este mecanismo para prescindir de él. No digo que no pueda haber casos en los que sí, pero, sobre todo en las pymes, no creo que se vayan a dar en demasía estas situaciones.
Sin embargo sí que conseguirán que un trabajador enfermo, pero con miedo a perder su empleo por ponerse de baja, decida ir a trabajar de todas formas. En estos casos ni el trabajador ni el empresario ganan, quien gana es la Seguridad Social.
En Pymes y Autónomos | La inspección de trabajo facultada para dar altas médicas en las bajas por IT
Imagen| Prefeitura de Olinda
¿Entonces cuales computan?
Perdona, es que para mí:
"Hay que tener en cuenta que no se computarán como faltas de asistencia, en la aplicación de esta normativa, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, la representación legal de los trabajadores, los accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud."
Todo lo que queda fuera de esas circunstancias, me parece que quien se está aprovechando es precisamente el trabajador ... así que no se donde está el problema.
Lo que no puede ser, es que los trabajadores, sindicatos y asociaciones tengan prácticamente la sartén por el mango sobre una empresa privada.
Debe haber un marco legislativo que proteja a todos, pero al fin y al cabo la empresa es del empresario.
Mira que soy muy partidario de lo de "in dubio pro operario" pero no creo que se hayan endurecido tanto. Todos sabemos lo de la gente que se pone malita los lunes, los que tiene gripe varias veces al año, y que hay mucho mamoneo. Porque su trabajo nos lo comemos todos. Hay que poner coto a eso. Por otra parte también hay que pedir a la Seguridad Social que sean muy estrictos en dar las bajas y las altas, y cuando digo estrictos digo que se den con criterios más allá de la opinión del médico. Porque yo me vi con la absurda situación de que a pesar de que mi médico de cabecera me dio la baja por tener un tumor en un pie, y mientras esperaba los siete meses que me tardaban en hacer la resonancia (habéis leído bien, siete meses para una resonancia por un tumor), me llamaron de la seguridad social diciendo que volviera a trabajar. Al final no era un tumor, era un engrosamiento del hueso, producto de una fractura de meses antes, que el médico de la mutua me diagnosticó como tendinitis y me mandó a currar con el pie untado en Voltarén. De todo aquello me quedó la suposición del jefe de que me había columpiado y una insensibilidad en los dedos del pie. Así que a ver si hacemos todos las cosas bien.
Creo que es necesario que los facultativos se hagan responsables de las bajas. Creo que actualmente aplican la postura cómoda de contentar al "enfermo imaginario", total a ellos no les cuesta nada.
y si a una persona le detectan un cancer y tiene que estar de baja 6 0 7 meses tambien es motivo de despido
Si tienes cáncer estarás de baja más de 20 días, y esta ley no habla nada de ese caso.
A ver si leemos bien los supuestos.
Esta ley pretende que esos que se quedan de baja 2 o 3 días todos los meses, por motivos más que dudodos ( muchas gripes, dolores de estos que te dan, y cosas así ) puedan ser despedidos si el empresario lo ve necesario.
Todos sabemos que hay veces que entendemos que hay trabajadores que tienen problemas que son de bajas intermitentes ( migrañas, por ejemplo ), pero que por su conducta o rendimiento en el trabajo no se le pone ninguna pega cuando realmente necesita esa baja.
Pero también conocemos a los que escudandose en enfermedades más que comunes, cogen otros 30 días de vacaciones al año, intermitentes. Contra estos excesos busca actuar la ley.
Todos nos ponemos enfermos una o dos veces al año, y no pasa nada.
Ya hay que tener ganas de ir al médico por no ir al trabajo. Al menos en mi caso, que cuando voy es porque de verdad lo necesito.